sábado, 28 de mayo de 2011

Proceso de registro de una nueva empresa ante el Registro Mercantil

Para constituir o registrar una nueva empresa ante el Registro Mercantil debe acudirse a la oficina del Registro Mercantil ubicado y con competencia en la localidad que servirá de domicilio a la empresa. Cabe destacar que en cada uno de los estados del país existe cuando menos una Oficina de Registro Mercantil. Por ejemplo, en el Área Metropolitana de Caracas y adyacencias, existen siete (7) Registros Mercantiles; el I y II están ubicados en la Av. Andrés Bello, el III en el Centro Comercial la Cascada (Carretera Panamericana), el IV en la Plaza Venezuela, el V en la Urbanización Chuao de Caracas el VI en la Guaira (Catia La Mar) y el VII en el Palacio de Justicia (El Silencio).

Una vez seleccionado el registro competente, deberá adquirirse la planilla de "Búsqueda de Denominación", que se utiliza para solicitar y posteriormente reservar el nombre de la empresa que se va a constituir, dependiendo obviamente de que se encuentre disponible.

Deberá llenar la planilla e indicar: nombre o denominación de la empresa, objeto, identificación del solicitante (Cédula de identidad y RIF), y se marcará con una "X" el tipo de sociedad que se pretende constituir (Compañía Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, etc.), e introducirla en la taquilla correspondiente.

Los resultados de la búsqueda estarán disponibles dentro de los tres (3) días hábiles siguientes y en caso de estar libre el nombre solicitado deberá reservarse, previa cancelación de los aranceles correspondientes (aproximadamente dos unidades tributarias).

Reservado el nombre, deberá redactarse el documento constitutivo-estatutario, que deberá ser redactado y visado por un abogado, y contendrá el nombre, domicilio, objeto, capital, órganos de administración, características de las asambleas, entre otros.

Para conformar el capital de la empresa, podrá aportarse dinero en efectivo, lo cual se hará mediante la apertura de una cuenta bancaria a nombre de la empresa en formación, en la cual se depositará el capital aportado. Si por el contrario, el aporte de capital se hace en bienes, deberá suscribirse por los socios o accionistas, un inventario que contenga el valor de los bienes aportados firmado por todos los socios.

Realizado lo anterior, se introducirá en el registro el documento constitutivo-estatutario y los anexos que correspondan para que sean calculados por los funcionarios competentes los derechos de registro a pagar por la inscripción del mismo y, una vez cancelados los derechos, se introducirá el documento con los anexos correspondientes para que, en el transcurso de tres días, se proceda a su registro.

El costo total de los derechos de registro del documento depende fundamentalmente del total de páginas que tenga y del monto del capital suscrito. (Fuente: inapymi). 

Para información adicional sobre nuestros servicios de asistencia en el proceso de creación y registro de nuevas empresas ante el Registro Mercantil, escriba a legal-asist@hotmail.com o contáctenos en Twitter a través de @Legalasist

domingo, 15 de mayo de 2011

Sellado de cartel de horario de trabajo en la Inspectoría del Trabajo

Toda empresa debe tener su horario de trabajo publicado en un lugar visible de su sede. El mismo debe estar aprobado y sellado por la Inspectoría del Trabajo con jurisdicción en el lugar que le sirve de domicilio. Esto supone la realización del correspondiente trámite legal ante la dependencia competente de la Inspectoría del Trabajo con jurisdicción en el lugar de ubicación de la empresa o centro de trabajo. El cartel debe cumplir con determinadas especificaciones.  Los requisitos para sellado del cartel de horario de trabajo de la empresa en la Inspectoría del Trabajo son los siguientes:
1. Oficio dirigido al Inspector del Trabajo, el cual debe contener los requisitos establecidos en el art.49 Ley Organica de Procedimientos Administrativos(LOPA).
2. Copia del RIF de la empresa o patrono.
3. Copia del N° de Inscripción Laboral (NIL) y Solvencia del S.S.O de la empresa o patrono.
4. Copia del Registro Mercantil.
5. Cartel: El cartel se debe elaborar en cartulina, tamaño de las letras mínimo 3cm y conforme a
LOT(Art.195) no más de 44 horas semanales ni más de 5 continuas. Medidas: 50cm Largo X 35cm Alto.

Para más información acerca del servicio de sellado de cartel de horario de trabajo ante la Inspectoría del Trabajo, escriba a legal-asist@hotmail.com